Sentencia de Control de Constitucionalidad C-309 de 2002
Acción de repetición. Procedimiento para recuperación del lucro cesante. L. 678 2001; Art. 2(parcial) Inexequible. Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 2 (parcial) de la Ley 678 de 2001 - [Resumen automatizado: Ellas son: 1ª) el control que ejercen los presidentes de las comisiones constitucionales permanentes al permitírseles rechazar las iniciativas que incumplan este principio la garantía de una deliberación pública y transparente en el proceso de formación de la ley, pues con ello se evita la aprobación o introducción de normas sorpresivas, inopinadas o de manera subrepticia, no sujetas a los debates correspondientes; 3ª) que la tarea legislativa se concentre en asuntos específicos definidos por el propio Congreso, con el objeto de brindar a los destinatarios de las leyes seguridad jurídica y adecuado marco para la interpretación y aplicación de las leyes, y 4ª) la intensidad con que se ejerza el control de constitucionalidad, el cual debe resolver el conflicto que se suscite entre los núcleos temáticos que desarrolla la ley y el principio democrático. || 8. Así, al Procurador General le asiste toda la razón al considerar que la norma demandada vulnera el principio constitucional de la unidad de materia consagrado en los artículos 158 y 169 de la Constitución Política, pues la responsabilidad patrimonial del Estado y la acción de repetición a que hace referencia el artículo 90 de la Carta Política y que es objeto de desarrollo por la Ley 678 de 2001 constituye una materia diferente a la responsabilidad que se genera por la gestión fiscal y a la cual alude el artículo 268 numeral 5 de la Constitución.] - [Palabras claves: responsabilidad, fiscal, materia, política, ley, proceso, constitución, carta, gestión, principio, unidad, corte, acción, repetición]