Providencia del Consejo de Estado, Sección Segunda, expediente 73001-23-31-000-2002-00548-01(5464-03) de 2006
¿Las contralorías territoriales no tiene personalidad jurídica? ¿El municipio debe ser vinculado cuando se demanda el concejo municipal? ¿No es dable que por vía de interpretación y deducción de algunos elementos, se llegue a la conclusión que un determinado órgano administrativo goza de personalidad jurídica, más cuando con ello se crea una inseguridad jurídica? Contralor general de la república - Representación legal en procesos contencioso administrativo. Contralorías territoriales - Representación legal en procesos contencioso administrativos. Supresión de cargos. Entidades territoriales - Representación legal. Pesonería jurídica. Concejo municipal - Carencia de personería jurídica
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