Providencia del Consejo de Estado, Sección Primera, expediente 4849 de 1998
Esas normas del proceso de responsabilidad fiscal, que ciertamente son normas legales de procedimiento contenidas en las Leyes 42 y 106 de 1993 fueron desarrolladas por el Contralor General de la República, mediante el acto acusado, asignando competencias, a nivel interno, a algunas dependencias del organismo de control, dentro del ejercicio de sus atribuciones constitucionales de establecer la responsabilidad de los funcionarios y de dictar las normas generales para armonizar los sistemas de control fiscal de todas las entidades públicas del orden nacional y territorial, según los términos de los numerales 5 y 12 del artículo 268 de la Constitución Política. Proceso de responsabilidad fiscal - Reserva en etapa de investigación. Debido proceso. Contraloría General de la República - Control posterior excepcional sobre cuentas de entidades territoriales