Sentencia de Control de Constitucionalidad C-310 de 1997
ACUSACION DE LA CAMARA DE REPRESENTANTES ANTE EL SENADO, Sujetos pasibles - CAUSALES DE MALA CONDUCTA EN CODIGO DISCIPLINARIO UNICO - CAUSALES DE MALA CONDUCTA POR FUNCIONARIOS DE ALTA INVESTIDURA, Tarea legislativa - CULPABILIDAD, Responsabilidad plena - ESTATUTO ESPECIAL, Inclusión normas generales por legislador - FALTAS GRAVISIMAS EN CODIGO DISCIPLINARIO UNICO - INCREMENTO PATRIMONIAL ILICITO DEL SERVIDOR PUBLICO, Acción disciplinaria - PENAS EN PROCESO PENAL Y DISCIPLINARIO - PRINCIPIOS RECTORES DEL PROCESO DISCIPLINARIO, Identificación con independencia del régimen - REGIMEN DISCIPLINARIO ESPECIAL DE MIEMBROS FUERZA PUBLICA, Facultad legislativa de establecerlo - REGIMEN DISCIPLINARIO ESPECIAL DE MIEMBROS FUERZA PUBLICA, Observancia principios rectores del código disciplinario único - REGIMEN DISCIPLINARIO ESPECIAL DE MIEMBROS FUERZA PUBLICA, Procedimiento único - REGIMEN ESPECIAL DE CARACTER DISCIPLINARIO, Prevalencia - SANCION ACCESORIA DE INHABILIDAD PARA EJERCER FUNCION PUBLICA - SANCION EN MATERIA DISCIPLINARIA Y PENAL, Potestad del legislador para establecerla - SANCIONES ACCESORIAS EN CODIGO DISCIPLINARIO UNICO. Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 25-4, 26 inciso primero (parcial), 30-1, y 175 (parcial) de la Ley 200 de 1995 - [Resumen automatizado: La norma demandada parcialmente, deja vigentes las disposiciones disciplinarias de carácter sustantivo que rigen a la Fuerza Pública y que están contenidas en tales estatutos especiales, disponiendo que éstas deberán aplicarse con observancia de los principios rectores contenidos en el Código Disciplinario Unico y siguiendo el procedimiento señalado en el mismo, lo cual no vulnera la Constitución, pues la remisión en estos aspectos no significa desconocimiento del régimen especial. || - El inciso primero del artículo 26, tampoco lesiona norma superior alguna, por cuanto no extiende el fuero constitucional a otros funcionarios distintos de los señalados en la Carta, "solamente esta norma está determinando que las faltas consideradas gravísimas para efectos de la sanción son causales de mala conducta para los efectos previstos en el artículo 175 numeral 2o. || del artículo 30, demandado, no lesiona las normas constitucionales, pues de la simple lectura del artículo 17 de la ley, se advierte que quedan inhabilitados los servidores públicos a que alude el inciso primero del artículo 123 de la Constitución, "cuando sean condenados por delitos contra el patrimonio económico del Estado y cada tipo penal trae la sanción aplicable a quienes incurran en esta conducta y, en el respectivo fallo como lo trae la misma ley, deberá determinar el tiempo durante el cual el servidor público sancionado quede inhabilitado para ejercer cargos públicos.] - [Palabras claves: ley, constitución, norma, funcionarios, corte, miembros, proceso, disciplinario, conducta, faltas, normas, legislador, sanciones]