Sentencia de Control de Constitucionalidad C-477 de 2001
Reserva en las actuaciones adelantadas en el proceso de responsabilidad fiscal - Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 20 de la Ley 610 de 2000 - [Resumen automatizado: Continua la interviniente diciendo que para resolver el problema de si la reserva total que en los procesos de responsabilidad fiscal consagra la norma acusada, "vulnera o no los principios de proporcionalidad y razonabilidad insitos en la Carta Política", es necesario acudir a lo dicho en la Sentencia C-038 de 1996 (M.P. Eduardo Cifuentes Muñoz), en la que, respecto del artículo 33 de la Ley 190 de 1995, que tenía un contenido normativo similar al actualmente demandado, la Corte declaró la exequibilidad condicionada de la disposición, bajo el entendido de que la reserva a que aludía no se extendía más allá del periodo probatorio. || 2. A juicio de la Corte, en la presente ocasión debe resolverse si la reserva en el proceso de responsabilidad fiscal, extendida hasta el momento de su terminación, se erige en un desconocimiento de los principios constitucionales de publicidad de las actuaciones administrativas y de participación ciudadana en el control de la función pública, o si se trata de una excepción constitucionalmente válida justificada en la necesidad de preservar la eficacia de la actuación de las autoridades que adelantan el proceso y la presunción de inocencia de las personas imputadas dentro del mismo.] - [Palabras claves: proceso, reserva, fiscal, responsabilidad, corte, ley, publicidad, derechos, puede, disposición, término, presunción]