Sentencia de Control de Constitucionalidad C-635 de 2000
[Resumen automatizado: Considera el actor que la disposición acusada viola los artículos 13, 29 y 209 de la Constitución Política, pues al no señalar el término de duración del juicio fiscal se infringe el debido proceso por cuanto no determina la oportunidad que tienen los órganos de control para ejercer la acción fiscal ni definir y determinar la responsabilidad de las personas cuya gestión haya sido objeto de observación; no puede garantizarse el debido proceso sin dilación injustificada. || También en la vinculación de personas no cobijadas por el auto de cierre de investigación y orden de apertura a juicio, se siguen los términos previstos en el Código Contencioso Administrativo para el efecto y el artículo 29 de la carta y de otras disposiciones legales que contemplan el derecho al debido proceso, el cual se desagrega en una serie de principios particularmente dirigidos a tutelas la intervención plena y eficaz del sujeto proceso y a protegerlo de la eventual conducta abusiva, que pueda sumir al autoridad que conoce y resuelve sobre la situación jurídica sometida a su decisión.] - [Palabras claves: fiscal, juicio, responsabilidad, proceso, ley, término, términos, control, norma, objeto, acusada, código, debe, corte, gestión]