Sentencia de Control de Constitucionalidad C-131 de 2003
Trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías. Muerte del implicado y emplazamiento a herederos. Artículo 19 de la Ley 610 de 2000 - [Resumen automatizado: en ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad la ciudadana ana lucia padrón carvajal demandó el artículo 19 de la ley 610 de 2000, por la cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías. || Estima la demandante que la disposición acusada viola el derecho fundamental al debido proceso (artículo 29 c.p.), por no existir fundamento constitucional ni legal que legitime vincular a los herederos al proceso de responsabilidad fiscal una vez ha fallecido la persona contra la cual se adelanta un proceso de responsabilidad fiscal. || Milton Alberto villota Ocaña, en representación de la contraloría general de la república, estima que la norma acusada vulnera “los preceptos constitucionales del debido proceso, de la naturaleza de la acción fiscal y de la responsabilidad que puede predicarse de los servidores públicos y de los particulares, por lo cual debe ser excluida del orden jurídico”. || La muerte del implicado en el proceso de responsabilidad fiscal y el emplazamiento a sus herederos tiene el simple carácter de sucesión procesal, institución válidamente reconocida por las normas procesales de nuestro país.] - [Palabras claves: proceso, fiscal, responsabilidad, derecho, ley, procesal, patrimonial, tal, muerte, naturaleza, públicos, acción, derechos, carácter, gestor]