Sentencia de Control de Constitucionalidad C-452 de 2003
Sistemas de información y contabilidad - Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 9º nl. 10 de la Ley 32 de 1979; 95 nls. 1 y 2 del Decreto 663 de 1993; 79.3 de la Ley 142 de 1994; 5º de la Ley 174 de 1994; 86 nl. 1 de la Ley 222 de 1995; 4º literales a), b), e), g), h) y l) (parciales) de la Ley 298 de 1996; 36 nl. 3 de la Ley 454 de 1998, y 38 de la Ley 510 de 1999 - [Resumen automatizado: En su criterio, este precepto debe ser declarado exequible en la medida en que no atribuye a la Comisión Nacional de Valores, hoy Superintendencia de Valores, la función de expedir normas contables, ni invade la competencia para determinar los principios y reglas de carácter contable radicada en cabeza del Contador General de la Nación frente a las entidades públicas, y en el Congreso de la República, para los entes económicos de carácter privado. || 1. El Procurador General de la Nación solicita a la Corte estarse a lo resuelto en la sentencia C-397 de 1995, mediante la cual se declaró exequible el numeral 10 del artículo 9 de la Ley 32 de 1979, bajo el entendido que las disposiciones de carácter general que, en ejercicio de sus funciones dicten la Sala General de la Superintendencia de Valores y su Superintendente, están sujetas a las reglas generales de las leyes marco previstas en el artículo 150, numeral 19, literal d) de la Constitución Política y a los reglamentos de las mismas, dictados por el Gobierno Nacional en su desarrollo.] - [Palabras claves: normas, general, contabilidad, ley, nación, entidades, contador, constitución, funciones, control, contables]