Sentencia de Control de Constitucionalidad C-1339 de 2000
Control fiscal - Auditoría General - Naturaleza y finalidad; vigilancia de la gestión fiscal de las contralorías Departamentales y Distritales - [Resumen automatizado: Ejercer la vigilancia de la gestión fiscal de los organismos de control señalados en el artículo segundo, conforme a los procedimientos, sistemas y principios establecidos en la Constitución, para lo cual el Auditor General fijará las políticas, prescribirá los métodos y la forma de rendir cuentas y determinará los criterios que deberán aplicarse para la evaluación financiera, de gestión y de resultados, entre otros, de conformidad con lo que para el efecto dispone este decreto. || Prestar la asesoría jurídica requerida por el Auditor General de la República y demás dependencias del organismo, velando porque se actúe de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente y coadyuvando en la consolidación de la unidad de criterio que debe acompañar la labor de las dependencias de la auditoría, asi como participación en la formulación y adopción de los planes, programas y proyectos de la entidad. || Dirigir, desarrollar y controlar el conjunto de actuaciones tendientes a establecer la responsabilidad fiscal de los funcionarios y exfuncionarios de los órganos de control sujetos a la vigilancia de la Auditoría General de la Replica; adelantar el proceso de jurisdicción coactiva y efectuar el cobro que corresponda, de acuerdo con la Constitución, las leyes y las directrices impartidas por el Auditor General, así como participar en la formulación de los planes, programas y proyectos de la entidad.] - [Palabras claves: general, república, fiscal, auditoría, control, vigilancia, entidad, gestión, auditor, funciones, ley]