Providencia del Consejo de Estado, Sección Segunda, expediente 25000-23-25-000-2001-02409-01(7331-05) de 2007
Se permite la declaratoria de insubsistencia, en regímenes especiales, sin necesidad de motivar la providencia que así lo disponga, cuando a juicio del nominador y por razones del servicio deba ser retirado de la entidad el personal que se encuentra escalafonado en carrera. En todo caso, el ejercicio de tal medida discrecional, debe estar inspirada en el mejoramiento del servicio. Carrera administrativa - Calificación en escalafón. Régimen especial. Detective del DAS - Escalafón en carrera. Permanencia en el servicio. Declaratoria de insubsistencia. Departamento Administrativo de Seguridad - Régimen especial de carrera administrativa
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