Providencia del Consejo de Estado, Sección Primera, expediente 25000-23-24-000-2001-00384-01 de 2008
El derecho adquirido a la estabilidad en el empleo de que gozan quienes pertenecen a la carrera administrativa, "no impide que la Administración por razones de interés general ligadas a la propia eficacia y eficiencia de la función pública, pueda suprimir determinados cargos, por cuanto ello puede ser necesario para que el Estado cumpla sus cometidos. Demanda de nulidad formulada contra el Decreto 155 de 2001, por el cual se «modifica la planta global de cargos administrativos de la Secretaría de Educación Distrital, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá. Fallo: Cosa juzgada. Legal. Secretaria de Educación Distrital - Supresión de cargos de aseadores y celadores. Entidades públicas - Modificación de planta de personal. Carrera administrativa - Supresión de cargos. Principio de estabilidad en el empleo. Rama ejecutiva - Supresión de empleos
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