Sentencia de Revisión de Tutela T-873 de 2006
¿Se desconocieron los derechos al debido proceso y a la protección laboral reforzada de la mujer embarazada, en tanto la accionante fue retirada del cargo que venía desempeñando en provisionalidad en la ESE demandada, mediante un acto administrativo carente de motivación, aunado al hecho de que al momento en que se produjo su desvinculación, la accionante se encontraba embarazada y dicha situación, al parecer, ya era de conocimiento de su empleador? Debido proceso administrativo. El acto de desvinculación de una persona que ocupa en provisionalidad un cargo de carrera debe ser motivado. Concedida - [Resumen automatizado: Por ello, lo afirmado por la accionante en el sentido de que sí había informado de su estado de embarazo a su empleador, se desvirtúa fácilmente cuando ella misma notificó de su condición a la E.S.E. Hospital Juan de Acosta, tan solo hasta el 20 de diciembre de 2005, es decir, treinta y cinco (35) días después de que fuera expedido el acto administrativo de declaratoria de insubsistencia, situación que hace improcedente el amparo transitorio del derecho a la estabilidad laboral reforzada, por la no información oportuna al empleador o servidor público sobre el estado de embarazo y la no conservación de la prueba suficiente de la notificación. || Debe esta Sala de Revisión entrar a determinar si en el presente caso se desconocieron los derechos fundamentales al debido proceso y a la protección laboral reforzada de la mujer embarazada, en tanto la accionante fue retirada del cargo que venía desempeñando en provisionalidad en la E.S.E. Hospital de Juan de Acosta, mediante un acto administrativo carente de motivación, aunado al hecho de que al momento en que se produjo su desvinculación, la accionante se encontraba embarazada y dicha situación, al parecer, ya era de conocimiento de su empleador.] - [Palabras claves: embarazo, embarazada, corte, si, mujer, derecho, constitucional, mismo, acto, sentencia, desvinculación, tutela, protección, administrativo, proceso]