Providencia del Consejo de Estado, Sección Segunda, expediente 11001-03-25-000-2003-00351-01(3701-03) de 2005
¿Hoy en día los discapacitados y los padres y madres cabeza de familia no son objeto de preferencia a la hora de contratación laboral? Acción de nulidad contra algunos apartes contenidas en el Decreto 190 de 2003 "por medio del cual se reglamenta parcialmente la ley 790 de 2002", sobre pérdida de la capacidad laboral. Decisión: Nulidad parcial del artículo 14 y 16 del decreto 190 de 2003. Contrato de trabajo - Con discapacitado físico. Con padres o madres cabeza de familia. Principio de estabilidad laboral. Programa de Renovación de la Administración Pública
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