Providencia del Consejo de Estado, Sección Primera, expediente 25000-23-24-000-1999-00039-01 de 2008
Características del litisconsorcio necesario. Existencia de una única relación jurídica o de un acto jurídico respecto de los cuales existe pluralidad de sujetos cuando el asunto objeto de conocimiento por parte de la jurisdicción reclama una decisión uniforme para todos como titulares de la relación jurídica objeto de controversia. Multa al empleador por crear beneficios extralegales que violan el derecho de asociación. Existe violación al derecho de asociación sindical cuando se crean beneficios extralegales a favor de trabajadores no sindicalizados.
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