Sentencia de Control de Constitucionalidad C-408 de 2001
[Resumen automatizado: "Es competencia del legislador, propia de la facultad de la libre configuración legal que la Carta le otorga, el establecer los requisitos que estime necesarios para el ejercicio del cargo de Auditor General, y ello en nada contraría la Constitución, en tanto resultan razonables para el cumplimiento de las funciones que al mismo le han sido asignadas en el artículo 17 del Decreto 272 de 2000, con las modificaciones de que fuera objeto en la sentencia proferida por esa H. || En el caso que hoy se demanda, considera la Corte que la exigencia de conocimientos, de quien se va a desempeñar como Auditor ante la Contraloría General de la República, en áreas como las enunciadas: ciencias económicas, contables, jurídicas, financieras o de administración no vulnera la Constitución pues, además de tratarse de materias que están íntimamente relacionadas con la labor que a tal funcionario le compete ejercer: el control de los dineros y recursos públicos, asunto eminentemente técnico, tiene como propósito primordial que tal función sea desarrollada por una persona idónea, con capacidad intelectual suficiente para ejecutarla en forma eficiente, con calidad, probidad y eficacia, como lo exige la función pública.] - [Palabras claves: requisitos, corte, constitución, general, auditor, legislador, igualdad, república, ley, derecho, cargo]