Providencia del Consejo de Estado, Sección Segunda, expediente 25000-23-25-000-2002-09287-01(6283-05) de 2008
Ni antes de la Constitución de 1991, ni a partir de su vigencia, las Corporaciones Públicas Territoriales están facultadas para señalar el régimen prestacional de sus servidores. El denominado "quinquenio" es una "prestación" que fue establecida en el Distrito Especial de Bogotá por los Acuerdos 44 de 1961- artículo 22, 66 de 1967, 796 de 1974, 18 de 1987 y por el acta convenio de 1992 El precitado quinquenio para los empleados del Distrito es una prestación social. Secretaria de Educación de Bogotá D.C. - Pago de la recompensa por servicios o quinquenio. Distrito Capital - Recompensa por servicios o quinquenio. Trabajadores oficiales del orden territorial - Régimen prestacional. Derechos adquiridos
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