Sentencia de Revisión de Tutela T-564 de 2008
[Resumen automatizado: Surtido el anterior trámite, mediante auto de primero (1º) de octubre de 2007, el Juzgado 35 Civil Municipal de Bogotá admite a trámite la acción de tutela presentada por José Overmán Paredes Moreno contra Misión Bogotá D.C y la Consultiva Distrital de Negritudes de Bogotá y, en consecuencia, da a las entidades demandadas veinticuatro (24) horas para que ejerzan su derecho de defensa. || En el presente caso la Sala debe establecer si el programa Misión Bogotá violó el derecho a la igualdad y al trabajo del señor José Overman Paredes al no contratarlo como guía ciudadano de dicho programa, aduciendo que éste superaba la edad máxima requerida para dicha ocupación, que está establecida en 45 años, pues en la actualidad cuenta con 53. || 4.1 El señor José Overman Paredes demanda a Misión Bogotá y a la Consultiva Distrital de Negritudes de Bogotá por considerar que dichas entidades violaron sus derechos a la igualdad y al trabajo, entre otros, al no contratarlo, la primera de ellas, para ser "guía ciudadano" por exceder la edad de 45 años; edad ésta prevista como criterio de contratación por el Instituto para la Economía Social, Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, como entidad distrital a cargo del proyecto Misión Bogotá.] - [Palabras claves: edad, bogotá, actor, entidad, derecho, requisito, igualdad, cuenta, trabajo, programa, criterio, tal, tutela, sala]