Sentencia de Revisión de Tutela T-775 de 2013
[Resumen automatizado: presidente de la entidad adelantar una convocatoria pública especial, para seleccionar a las personas que ocuparán en una empresa industrial y comercial del Estado los cargos de trabajadores oficiales, pero se optó para proveerlos por una convocatoria pública, se respetaron las etapas previas del proceso, y los criterios de calificación y designación como ocurrió en este caso, la Sala considera que Colpensiones no vulneró los derechos fundamentales a la igualdad, al debido proceso y al trabajo del accionante al no haberlo nombrado, pese a que hizo parte de la terna final de aspirantes para ocupar el cargo y obtuvo el mejor puntaje, porque en la convocatoria publicada y conocida por él se advirtió que hasta el momento del envió de la terna, se respetarían los puntajes. || La Sala Primera de Revisión considera que la situación descrita propone la resolución del siguiente problema jurídico: ¿vulnera una empresa industrial y comercial del Estado (Colpensiones) los derechos fundamentales a la igualad, al debido proceso y al trabajo de una persona (Jairo Enrique Robayo) que se inscribió en una convocatoria para aspirar a una vacante de trabajador oficial en la planta de personal de la entidad, al no designarlo en el cargo a pesar de haber obtenido el puntaje más alto al final de todas las fases de la convocatoria, y por el contrario, nombrar a otro de los aspirantes que también integró la terna final por estar entre los tres mejores puntajes?] - [Palabras claves: concurso, cargo, selección, proceso, cargos, carrera, aspirantes, empresa, sala, derechos, derecho, constitución, entidad, persona, públicos, sentencia]