Sentencia de Revisión de Tutela T-382 de 2017
[Resumen automatizado: La Comisión Nacional del Servicio Civil, por intermedio de apoderado, intervino en el presente trámite informando que, mediante Oficio 35398 del 14 de diciembre de 2015, en atención a la petición realizada por la Secretaría de Educación Departamental de Nariño, en el sentido de solicitar autorización para proveer en período de prueba los cargos docentes vacantes con los elegibles de la Convocatoria 238 de 2012, esa comisión aclaró que la no expedición del aval de reconocimiento cultural por parte del respectivo consejo comunitario, no constituye una causal para excluir a los docentes que por mérito integran la lista de elegibles, toda vez que le Decreto 1075 de 2015, al regular el aval como requisito previo al nombramiento el período de prueba, en ningún caso advierte que el elegible pierda el derecho a ser nombrado y posesionado en otro empleo docente dentro de la misma entidad territorial certificada en educación, para el nivel, área de conocimiento o cargo directivo correspondiente, siempre que existan vacantes definitivas a proveer. || De acuerdo con la situación fáctica descrita en los antecedentes de esta providencia, el problema jurídico que le corresponde resolver a la Corte se contrae a la necesidad de establecer si la Secretaría de Educación Departamental de Nariño vulneró los derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a cargos públicos y al mínimo vital de Martha Genit Torres Rosero, al abstenerse de nombrarla y posesionarla en el cargo de etnoeducadora para el cual concursó y resultó elegida, ante la negativa del Consejo Comunitario del Río Patía Grande, sus Brazos y la Ensenada de Tumaco (ACAPA) de otorgarle el aval de reconocimiento cultural, exigencia legal de la que dependía su nombramiento en período de prueba.] - [Palabras claves: cultural, reconocimiento, prueba, decreto, concurso, secretaría, consejo, período, docente, derechos, dentro, nombramiento, tutela, departamental, decisión, comunidad, comunidades, proceso, sala]