Providencia del Consejo de Estado, Sección Segunda, expediente 11001-03-15-000-2020-00386-00(AC) de 2020
El deber de acreditar el requisito de afinidad, entre el cargo ejercido y pretendido, en las solicitudes de traslado de servidor judicial en carrera no vulnera derechos fundamentales. En acción de tutela una funcionaria judicial solicitó que se amparan sus derechos fundamentales en razón a que la autoridad demandada emitió concepto desfavorable a su solicitud de traslado por razones de salud, por no cumplir con el requisito de afinidad entre los cargos ejercido y pretendido. Su petición se sustenta en el diagnóstico de cáncer de mama y que su médico le recomendó reducir el nivel de estrés. Llama la atención que la solicitud de traslado se hace dentro del mismo circuito judicial y, en ese sentido, para el juez de tutela no existe una vulneración a sus derechos fundamentales y se niega el amparo. La Sala observa que para que proceda cualquier traslado, como requisitos generales se debe tener en cuenta que i) el funcionario o empleado a trasladarse debe ocupar un cargo en propiedad, ii) el cargo ocupado y respecto del cual se solicita el traslado deben tener afinidad, y, iii) ambos cargos involucrados deben exigir los mismos requisitos, aunque se encuentren en diferentes sedes territoriales