Providencia del Consejo de Estado, Sección Cuarta, expediente 76001-23-31-000-2009-00051-01(AC) de 2009
Debe existir un límite razonable y objetivo de tiempo para agotar la labor cuya omisión soporta la tutela, instará a la Fiscalía General de la Nación - Comisión Nacional de Administración de Carrera -, para que en el término máximo e improrrogable de dos (2) meses contados a partir de la notificación de esta sentencia, proceda a culminar la aplicación del sistema de carrera en esa entidad, proveyendo los cargos a que se refieren las convocatorias del año 2007, con el registro nacional y definitivo de elegibles contenido en el Acuerdo N° 007 del 24 de noviembre de 2008, luego de hacer los ajustes y resolver los empates indicados.