Sentencia de Revisión de Tutela T-067 de 2014
[Resumen automatizado: Se encuentra probado que (i) el señor Richard Alvear Castro es funcionario del INPEC desde hace aproximadamente 18 años, ejerciendo inicialmente el cargo de dragoneante en el Establecimiento Penitenciario y Carcelario de la ciudad de Armenia, lugar donde residía con su esposa en compañía de su hijo menor, quien padece “síndrome de sotos”[35], (ii) mediante Resolución No. 005835 del 28 de diciembre de dos mil doce (2012) fue nombrado en ascenso en el cargo de inspector, código 4137, grado 13 para desempeñar las funciones propias del cargo en el Establecimiento Penitenciario de Alta y Mediana Seguridad de La Dorada, Caldas, como consecuencia del concurso de méritos en el que participó mediante la convocatoria pública No. 131 de 2011 adelantada por la Comisión Nacional del Servicio Civil [36], y (iii) el actor está vinculado a una institución de planta global y flexible[37], en las cuales, el director dispone de una discrecionalidad más amplia para decidir sobre la reubicación de su personal y (iv) no se trata de un traslado ni de una modificación en las condiciones laborales del actor, en tanto este aplicó para un cargo en ascenso, concursó, siendo nombrado en un lugar distinto a la sede habitual de su trabajo con fundamento en el artículo 10 de la convocatoria 131 de 2011, según la cual: “El lugar de trabajo del aspirante ascendido, será determinado por el Director General del Inpec en atención a las facultades concedidas por los artículos 173 y 183 del Decreto 407 de 1994.] - [Palabras claves: inpec, traslado, penitenciario, tutela, lugar, nacional, familiar, cargo, menor, dos, instituto, acción, hijo, actor, salud, derechos]