Sentencia de Revisión de Tutela T-954 de 2005
[Resumen automatizado: La Sala Segunda (2ª.) de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los magistrados, Alfredo Beltrán Sierra, Manuel José Cepeda Espinosa y Jaime Córdoba Triviño, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales ha proferido la siguiente || Los actores, Betulia Inés Andino de García, Mauro Adrián Botina, Claudio Alexander Córdoba, Lucio Bernardo Meneses, Luis Armando López, Segundo Alberto García y Pablo Emilio Jiménez, en su calidad de Concejales del Municipio de El Peñol Nariño, mediante apoderado instauraron acción de tutela por la presunta vulneración de sus derechos a la defensa, debido proceso, igualdad, honra y buen nombre, ya que en su criterio se ha constituido una vía de hecho. || Mediante sentencia del doce (12) de mayo de dos mil cinco (2005), el Consejo de Estado Sección Cuarta, confirmó el fallo del a quo, al considerar que los actores tienen a su disposición otro medio de defensa judicial como es la acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra las providencias del 9 de agosto de 2004 y la del 16 de septiembre de 2004, por medio de las cuales la primera sanciona a los actores con destitución del cargo y los inhabilitó por el término de 10 años y la segunda que confirmó la anterior.] - [Palabras claves: procuraduría, proceso, corte, tutela, derecho, sanción, ley, acción, disciplinario, disciplinaria, falta, cargos, principio, constitución, actores, regional]