Sentencia de Unificación de Revisión de Tutela SU-396 de 2017
[Resumen automatizado: La Sala Plena de la Corte Constitucional, integrada por el Magistrado Luis Guillermo Guerrero Pérez, quien la preside, y los Magistrados Carlos Bernal Pulido, Alejandro Linares Cantillo, Antonio José Lizarazo Ocampo, Gloria Stella Ortiz Delgado, Iván Humberto Escrucería Mayolo, Cristina Pardo Schlesinger, Alberto Rojas Ríos y Diana Fajardo Rivera, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 86 y 241 numeral 9º de la Constitución Política, ha proferido la siguiente || Para resolver la cuestión planteada, es necesario abordar el análisis de los siguientes temas: primero, la procedencia excepcional de la tutela contra providencias judiciales; segundo, el examen de los requisitos generales de procedencia de la tutela contra providencias judiciales en el caso concreto; tercero, la naturaleza y el marco normativo del régimen disciplinario de los abogados y, en particular, la jurisprudencia de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura sobre la falta consagrada en el artículo 32 de la Ley 1123 de 2007; cuarto, el derecho a la libertad de expresión y su alcance; y quinto, con fundamento en lo anterior, se resolverá el problema jurídico planteado en este asunto.] - [Palabras claves: sala, proceso, expresión, pues, juez, judicatura, libertad, derecho, ejercicio, consejo, derechos, en]