Sentencia de Revisión de Tutela T-327 de 2007
[Resumen automatizado: La Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados CLARA INÉS VARGAS HERNÁNDEZ, JAIME ARAÚJO RENTERÍA y MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, en particular las contenidas en los artículos 86 y 241, numeral 9, de la Constitución y el Decreto 2591 de 1991, profiere la siguiente || No obstante, aseguró que la providencia judicial censurada no vulnera los derechos fundamentales invocados pues en ella se acepta la operatividad legal de la figura del retiro por inconveniencia institucional para ciertos funcionarios y en razón a la naturaleza del servicio carcelario, la cual, a diferencia de la acción disciplinaria, da una amplia discrecionalidad a la entidad para separar de sus cargos a algunos funcionarios inscritos en la carrera especial. || Conforme a estas reglas, a saber, las requisitos para que la acción de tutela proceda en contra de decisiones judiciales y las condiciones definidas en la sentencia de constitucionalidad C-108 de 1995 para que proceda el retiro del cargo de los servidores del INPEC en razón a la inconveniencia institucional, la Sala pasa a evaluar los cargos presentados por el señor Morón Pereira en contra de la providencia dictada dentro de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho por el Tribunal Contencioso Administrativo del Meta.] - [Palabras claves: servicio, inpec, tutela, derechos, acción, sentencia, defensa, junta, retiro, tribunal, corte, derecho, judicial, decisión, proceso, fundamentales, sala]