Providencia del Consejo de Estado, Sección Segunda, expediente 11001-03-25-000-2002-00240-01(4925-02) de 2009
¿Cuál es el alcance del control ejercido por la Jurisdicción Contencioso Administrativa sobre las decisiones de carácter disciplinario? ¿En qué momento quedan ejecutoriadas las decisiones de orden disciplinario y cuándo se inicia el cómputo del término de caducidad? ¿La decisión a través de la cual el Procurador General de la Nación ejerce su potestad de conocer de forma preferente el proceso disciplinario debe notificarse al disciplinado? ¿La decisión de trasladar pruebas al proceso disciplinario debe notificarse al disciplinado?
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