Sentencia de Revisión de Tutela T-563 de 2006
[Resumen automatizado: La Sala Quinta de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados Rodrigo Escobar Gil, Marco Gerardo Monroy Cabra y Humberto Antonio Sierra Porto, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha pronunciado la siguiente, || Mediante Sentencia del trece (13) de febrero de 2006, el Juzgado Séptimo Civil Municipal de Bogotá negó el amparo invocado al considerar que los hechos que originaron la presente acción han sido superados y, en consecuencia, se encuentra satisfecha la pretensión invocada en la demanda, pues la petición elevada por la señora Ospina García el día 29 de noviembre de 2005, fue respondida durante el trámite de la acción de tutela. || De conformidad con las consideraciones precedentes, esta Sala procederá a revocar el fallo proferido por el Juzgado Séptimo Civil Municipal de Bogotá, y en su lugar concederá el amparo solicitado, ordenando al Liceo Julio César García, si aún no lo ha hecho, notificar la respuesta de la petición elevada por la señora Margarita Ospina García el día 29 de noviembre de 2005. || Segundo: ORDENAR al Liceo Julio César García, que si aún no lo ha hecho, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación de esta sentencia, notifique la respuesta de la petición elevada por la señora Margarita Ospina García el día 29 de noviembre de 2005.] - [Palabras claves: petición, derecho, respuesta, tutela, noviembre, fundamental, acción, institución, día, año, copia, bogotá]