Providencia del Consejo de Estado, Sección Quinta, expediente 11001-03-15-000-2016-01346-01(AC) de 2016
Cuando se trata de graves violaciones a derechos humanos, como en efecto se presume en este caso -por las heridas que sufrió el entonces menor de edad- por la explosión de una mina antipersona, el juez administrativo deberá acudir a criterios flexibles y privilegiar la valoración de medios de prueba indirectos e inferencias lógicas, de cara a la grave situación de orden público que ha vivido el país, como consecuencia del conflicto armado interno que impide en muchos casos que las víctimas de ciertas violaciones de derechos humanos, demuestren certeramente dichas afectaciones producto del conflicto
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