Sentencia de Revisión de Tutela T-219 de 2010
¿Las entidades demandadas vulneraron los derechos fundamentales al debido proceso, al trabajo y al mínimo vital de los actores, al declararlos insubsistentes en sus cargos, sin otorgarles recursos ni una debida motivación? Negada. Necesidad de motivación de los actos administrativos como desarrollo del principio de publicidad en la función pública. En el texto de toda notificación se deben indicar los recursos que proceden contra las decisiones de la administración, salvo cuando la parte interesada se dé por suficientemente enterada y acate la orden del acto o utilice en tiempo los mismos. Si las autoridades administrativas no dan oportunidad de interponer los recursos procedentes, los interesados pueden demandar directamente los correspondientes actos ante el juez competente. Caducidad de la Acción de nulidad y restablecimiento del derecho. Un acto administrativo de desvinculación se considera motivado cuando explica de manera clara, detallada y precisa las razones por las cuales prescinde de los servicios del funcionario - [Resumen automatizado: El señor Edison Vargas Ramírez interpuso acción de tutela[1] contra la Juez 25 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cali, Carmen Emilia Maldonado Navarro, por considerar vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso, al trabajo y al mínimo vital, con ocasión de la resolución No.001 del 22 de abril de 2009 mediante la cual la accionada declaró la insubsistencia del actor sin concederle los recursos legales que le permitieran defenderse de cada una de las acusaciones que motivaron el acto administrativo. || 2. Que el desempeño laboral del señor EDISON VARGAS RAMÍREZ, oficial mayor del juzgado Veinticinco Penal Municipal con Función de control de garantías de Cali, no es acorde con las necesidades del servicio del despacho para lograr una buena prestación del servicio de administrar justicia tal como lo demanda la Ley Estatutaria de Administración de Justicia, pues sus múltiples falencias y retrasos en las labores a él encomendadas, las continuas llamadas de atención que se le efectuaron en forma escrita, su falta de voluntad laboral, su maltrato descortés e irrespetuoso para con los usuarios, la secretaria del Despacho y con la suscrita, quien por esas razones ha tenido que llamar la atención en forma comedida, su no sentido de pertenencia para con las labores propias del cargo; pues el expresa manifestaciones tales como “que no tiene porque regalarle un minuto de su tiempo a la rama judicial”, retirándose del Despacho sin terminar las labores encomendadas en el día cuando las mismas por orden Constitucional y legal son de perentorio cumplimiento, lo que necesariamente conlleva a que se retrase las labores de secretaria y se incremente la labor que desempeña la Sra. Secretaria, además que ha llegado a los extremos que cuando salen oficios, autos de sustanciación firmados por esta funcionaria, los mismo son modificados por el oficial mayor usando liquid paper y agregando el contenido que quiere con lapicero.] - [Palabras claves: tutela, acción, administrativo, juez, derecho, acto, motivación, cargo, si, recursos, actos, desvinculación, judicial]