Providencia del Consejo de Estado, Sección Segunda, expediente 05001-23-25-000-1999-01063-01(32988) de 2014
Unificación jurisprudencial : i) la excepción a los topes indemnizatorios de los perjuicios morales en casos en los que el daño antijurídico imputable al Estado tiene origen en graves violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario y ii) en materia de reparación integral de perjuicios inmateriales por vulneraciones o afectaciones relevantes a bienes o derechos convencional y constitucionalmente amparados -ejecución extrajudicial y desaparición forzada- \Características de los daño a bienes o derechos convencional y constitucionalmente amparados \Aspectos que abarca la reparación del referido daño \Aspectos a tener en cuenta para evitar la doble indemnización
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