Sentencia de Control de Constitucionalidad C-50 de 2006
¿La competencia de los tribunales administrativos por razón de la cuantía, vulnera los derechos a la igualdad, al debido proceso, el derecho de defensa y el principio de doble instancia? Ley 954 de 2005; Art. 1 (parcial) (Adiciona el Art. 164, Par. de la Ley 446 de 1998) - Estarse a lo resuelto en la C-046-06 y fallo inhibitorio respecto al resto del parágrafo. Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 1 de la ley 954 de 2005 - [Resumen automatizado: En ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad consagrada en los artículos 241 y 242 de la Constitución Política, el ciudadano Javier Giraldo Manrique demandó el artículo 1 de la Ley 954 de 2005 "Por medio de la cual se modifican, adicionan y derogan algunos artículos de la ley 446 de 1998 y del Código Contencioso Administrativo, y se dictan otras disposiciones sobre competencia, descongestión, eficiencia y acceso a la administración de justicia". || por medio de la cual se modifican, adicionan y derogan algunos artículos de la Ley 446 de 1998 y del Código Contencioso Administrativo, y se dictan otras disposiciones sobre competencia, descongestión, eficiencia y acceso a la administración de justicia. || Primero: Estarse a lo resuelto en la sentencia C-046 de primero (1) de febrero de 2006, que declaró Exequible las expresiones"única instancia de los procesos cuyas cuantías sean hasta de "500", y "salarios mínimos legales mensuales previstos en el artículo 42, según el caso", contenidas en el parágrafo del artículo 1 inciso primero de la ley 954 de 2005 "Por medio de la cual se modifican, adicionan y derogan algunos artículos de la ley 446 de 1998 y del Código Contencioso Administrativo y se dictan otras disposiciones sobre competencia, descongestión, eficiencia y acceso a la administración de justicia".] - [Palabras claves: instancia, única, procesos, ley, tal, artículos, norma, justicia, corte, demanda, jurisdicción, constitución, competencias, administración]; Art. 1 (parcial) (Adiciona el Art. 164, Par. de la Ley 446 de 1998) - Estarse a lo resuelto en la C-046-06 y fallo inhibitorio respecto al resto del parágrafo