Providencia del Consejo de Estado, Sección Primera, expediente 23001-23-31-000-2000-02537-01 de 2007
Asociación obligatoria de municipios. La Ordenanza por la cual se creó la asociación constituye un título ejecutivo al establecer la forma y la cuantía en que cada municipio debe que realizar los aportes. Ésta obligación es susceptible de ser exigida por vía de la jurisdicción coactiva mediante procedimiento adelantado por el Director Ejecutivo de la asociación. Término de caducidad especial de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho cuando le precede una tutela que ha sido concedida como mecanismo transitorio.
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