Providencia del Consejo de Estado, Sección Cuarta, expediente 11001-03-15-000-2014-03055-00(AC) de 2015
¿Vulnera el derecho de acceso a la administración de justicia la decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia, de inhibirse de conocer de fondo la acción de reparación directa que formuló la parte actora para obtener la indemnización de los presuntos perjuicios causados por el acto administrativo ilegal que fue revocado por la propia administración? En efecto, la responsabilidad extracontractual del Estado excepcionalmente puede tener origen en un acto administrativo, como cuando es la administración la que reconoce la ilegalidad de su acto y decide expulsarlo del ordenamiento jurídico. Fíjese que la tesis jurisprudencial que aquí se acoge para decidir la tutela reconoce que la revocatoria del acto ilegal no hace desaparecer los perjuicios que pudieron causarse. Por lo mismo, la desaparición del acto administrativo por virtud de la revocatoria impide que se ejerza el control judicial frente al acto revocado
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