Sentencia de Control de Constitucionalidad C-633 de 2012
¿Disponer que las prescripciones contenidas en la Ley 1476 de 2011 se aplican para investigar y fallar hechos generadores de responsabilidad ocurridos antes de su vigencia, vulnera el debido proceso? La Ley 1476 de 2011 no es el único fundamento de la responsabilidad de los servidores en ella relacionados (art. 13) por los daños ocasionados a los bienes allí definidos (arts. 12 y 34). Si bien las normas sustantivas o procesales con efectos sustantivos de la Ley 1476 de 2011 solo regirían para hechos generadores de responsabilidad administrativa ocurridos con posterioridad a su vigencia, resulta posible aplicar sus disposiciones de mero trámite o procedimiento a "hechos generadores de responsabilidad administrativa ocurridos con anterioridad a la entrada en vigencia" de dicha ley, con base en los principios generales del derecho que hayan preestablecido la responsabilidad de las personas por el daño inferido con la concurrencia de culpa. Aplicación de normas procesales a hechos ocurridos con antelación a su vigencia. La responsabilidad de los servidores públicos, el derecho al debido proceso y el principio de legalidad. Ley 1476 de 2011, "por el cual se expide el régimen de responsabilidad administrativa por pérdida o daño de bienes de propiedad o al servicio del Ministerio de Defensa Nacional, sus entidades adscritas o vinculadas o la Fuerza Pública"; Art. 35 : Exequible - [Resumen automatizado: Considera la Corte que el artículo 29 constitucional, referido al principio de legalidad de las actuaciones administrativas, tiene plena aplicación frente a las disposiciones contenidas en la Ley 1476 de 2011, relativas al régimen de la responsabilidad administrativa de las personas naturales que prestan sus servicios al Ministerio de Defensa Nacional, a sus entidades adscritas o vinculadas o la fuerza pública, con ocasión de daños o perdidas de bienes de los mismos, que contemplan que el Legislador haya definido previamente la conducta reprochable, la consecuencia de ella, la autoridad competente para realizar la declaración de responsabilidad y el procedimiento con el cual será juzgado.] - [Palabras claves: ley, responsabilidad, normas, vigencia, aplicación, administrativa, hechos, disposiciones, legalidad, principio]; Art. 35 : Exequible