Providencia del Consejo de Estado, Sección Tercera, expediente 25000-23-26-000-2000-02359-01(27434) de 2007
¿Cuál es el régimen de responsabilidad aplicable a las circunstancias del caso concreto, habida cuenta de que se trata de las lesiones causadas a una personas, por la caída de un árbol ubicado en el parque Bosque de San Carlos, de la ciudad de Bogotá, D.C.? ¿No puede determinarse, como única causa de un daño, aquella que corresponde al último suceso ocurrido en el tiempo? Entidades territoriales - Prácticas silviculturales en ejemplares arbóreos. Acción de reparación directa - Falla del servicio ambiental. Proceso de reparación directa - Responsabilidad por el hecho de las cosas