Providencia del Consejo de Estado, Sección Quinta, expediente 11001-03-15-000-2020-02468-00(AC) de 2020
Responsabilidad patrimonial del Estado por omisión en la protección de los bienes de particulares. El Consejo de Estado negó una tutela por medio de la cual presuntas víctimas de las Farc pretendían ser reparadas por hechos ocurridos en la llamada 'zona de distensión', en la cual la exguerrilla y el Gobierno de Andrés Pastrana intentaron concertar una solución negociada al conflicto armado entre 1999 y el 2002. La Sección negó la acción de tutela. Determinó que no es cierto que se haya desconocido el robo del ganado, sino que se precisó que la responsabilidad no era atribuible a las entidades demandadas, que era exclusivamente atribuible a las Farc. Indicó que no se acreditó que las víctimas hubieran solicitado protección previamente. Sobre el supuesto desconocimiento del precedente existente sobre la obligación del Estado de reparar daños causados por grupos armados ilegales, sostuvo que, en casos como este, se ha ordenado resarcir a las víctimas, siempre que se pruebe que las víctimas advirtieron a las obligaciones el riego al que se estaban enfrentando y estas no tomaron las medidas de seguridad que eran del caso