Sentencia de Control de Constitucionalidad C-5 de 1996
Recurso contra sentencias de la Sala Quinta - [Resumen automatizado: Si bien el legislador está facultado para crear y suprimir recursos ordinarios y extraordinarios en relación con las providencias que adopte el Consejo de Estado, no le es posible consagrarlos para las decisiones de unas secciones y excluir a otras, sin justificación, de su viabilidad, pues la distinción injustificada repercute en perjuicio de los derechos fundamentales de las personas que actúan ante el máximo tribunal de lo Contencioso Administrativo. || Otro de los argumentos que invoca el actor consiste en que la efectividad de los derechos sustanciales de que trata el artículo 2º de la Constitución Política no se garantiza si la ley permite a la Sección Quinta proferir decisiones contrarias sobre un mismo punto de derecho, sin la autorización de la Sala Plena del Consejo de Estado, puesto que, so pretexto de la muy discutible celeridad en un trámite procesal, no se puede justificar jamás la negación de un recurso que tiene por finalidad garantizar la defensa de un derecho sustancial, desconocido por un acto legítimo de la Administración. || La norma acusada tiene por objeto la exclusión de las sentencias dictadas por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado de todo recurso ante la Sala Plena, cuando simultáneamente otras disposiciones del mismo Código al que pertenece han consagrado el recurso extraordinario de súplica, sin introducir distinciones, para los autos y sentencias que profiera cualquiera otra de las secciones de la misma Corporación y de la misma Sala.] - [Palabras claves: contencioso, recurso, administrativo, sala, ley, consejo, mismo, código, plena, secciones, sección, corte]