Providencia del Consejo de Estado, Sección Primera, expediente 11001-03-24-000-2000-06157-01 de 2007
Cuando la sentencia carece de claridad, surge como correctivo jurídico el de la aclaración; sin embargo, los conceptos o frases que le abren paso a dicho correctivo no son los que surjan de las dudas que las partes aleguen acerca de la oportunidad, veracidad o legalidad de las afirmaciones del sentenciador; sino aquellos provenientes de redacción ininteligibles, o del alcance de un concepto o de una frase en concordancia con la parte resolutiva del fallo, o que tomadas en conjunto con la sentencia, puedan interpretarse en sentidos diversos. Proceso contencioso administrativo - Aclaración de la sentencia