Providencia del Consejo de Estado, Sección Segunda, expediente 11001-03-15-000-2012-01683-00(AC) de 2012
¿Se configura desistimiento tácito de una demanda administrativa cuando se consignan los gastos del proceso de forma extemporánea? - No, se ha dicho que si antes del término de ejecutoria del auto que decreta el desistimiento tácito la parte demandante acredita el pago de los gastos procesales se deberá continuar con el trámite del proceso. De lo contrario se vulnera el derecho al acceso a la administración de justicia y el principio de la primacía de lo sustancial sobre lo procedimental
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