Sentencia de Unificación de Revisión de Tutela SU-447 de 2011
Orden de recapitalización -reducción valor nominal de las acciones-: Medida preventiva. Notificación al representante legal de la entidad. Acto administrativo de aplicación inmediata, y contra ella era susceptible interponer el recurso de reposición sin que se suspendiera su ejecutoriedad -artículo 335 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero-. El procedimiento administrativo especial, señalado por el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, debe preferirse en su aplicación -de acuerdo con la jurisprudencia constitucional- a las normas generales establecidas por el Código Contencioso Administrativo. Acción de nulidad y reestablecimiento del derecho - Caducidad. Suprefinanciera - Fogafin vs antiguos accionistas de Granahorrar. Debido proceso, acceso a la administración de justicia. Tutela contra providencia judicial. Entidades del Estado como accionantes en tutela para proteger derechos del Estado. Publicidad de las medidas preventivas o cautelares administrativas. Concedida; Art - [Resumen automatizado: Mediante Sentencia del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, de 1° de noviembre de 2007, se decidió el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la Sentencia de 27 de julio de 2005 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera Subsección B, que negó las súplicas de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada contra los actos administrativos que ordenaron la capitalización y reducción nominal del capital social de la Corporación Grancolombiana de Ahorro y Vivienda Granahorrar, expedidos, respectivamente, por la Superintendencia Bancaria y por el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras ( Fogafin). || Dentro de estas potestades cautelares o preventivas encontramos: (i) establecer una vigilancia especial, en cuyo caso la entidad vigilada deberá observar los requisitos que para su funcionamiento establezca la Superintendencia Bancaria con el fin de enervar, en el término más breve posible, la situación que le ha dado origen; (ii) coordinar con el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras las acciones pertinentes, de acuerdo con las disposiciones que regulen su funcionamiento; (iii) promover la administración fiduciaria de los bienes y negocios de la entidad por otra institución financiera autorizada; (vi) ordenar la recapitalización de la institución, de acuerdo con las disposiciones legales; (v) promover la cesión total o parcial de sus activos, pasivos o contratos o la enajenación de sus establecimientos de comercio a otra institución, (vi) disponer la fusión de la institución, en los términos previstos en el Capítulo II de, la Parte Tercera del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas vigentes al respecto y (vii) ordenar la adopción de un plan de recuperación[237].] - [Palabras claves: superintendencia, bancaria, derecho, ley, entidad, código, actos, medidas, acción, orden, proceso, derechos, decisión, legal]