Sentencia de Control de Constitucionalidad C-345 de 2019
La existencia de dos vías diferentes para promover la misma pretensión indemnizatoria por infracciones a los derechos patrimoniales de autor y conexos por la comisión de las conductas descritas en la Ley 1915 de 2018 relacionadas con las medidas tecnológicas y la información para la gestión de derechos -sistema de indemnizaciones preestablecidas o a las reglas generales sobre prueba de la indemnización de perjuicios- y, segundo, la posibilidad que solo tiene el demandante, y no el demandado, de escoger por cuál de las dos se tramita la indemnización no lesionan el derecho a la igualdad y al debido proceso. \ El que en la ley se establezca un plazo para reglamentar la materia no significa que el gobierno pierda competencia para ejercer su potestad reglamentaria en cualquier momento\ Ley 1915 de 2018, "por la cual se modifica la Ley 23 de 1982 y se establecen otras disposiciones en materia de derechos de autor y derechos conexos"; Art. 32 : CONDICIONALMENTE exequible - [Resumen automatizado: La Sala Plena de la Corte Constitucional, conformada por los Magistrados Gloria Stella Ortiz Delgado, quien la preside, Carlos Bernal Pulido, Diana Fajardo Rivera, Luis Guillermo Guerrero Pérez, Alejandro Linares Cantillo, Antonio José Lizarazo Ocampo, Cristina Pardo Schlesinger, José Fernando Reyes Cuartas y Alberto Rojas Ríos, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las previstas en el numeral 4º del artículo 241 de la Constitución Política, cumplidos todos los trámites y requisitos contemplados en el Decreto 2067 de 1991, ha proferido la siguiente: || Sumado a lo anterior, el actor afirma que la norma acusada viola el derecho fundamental a la igualdad procesal "porque le otorga al demandante titular de derechos de autor que reclame una indemnización por infracciones al derecho patrimonial de autor o patrimonial conexo la posibilidad de elegir entre el sistema de indemnizaciones preestablecidas y las reglas generales de prueba de perjuicios, opción que no está contemplada en favor del demandado para el pago de esta indemnización"[12], quien tampoco puede controvertir la elección que realice el demandante.] - [Palabras claves: derechos, autor, ley, indemnización, igualdad, indemnizaciones, conexos, potestad, derecho, corte, constitución, norma, juicio, debe]; Art. 32 : CONDICIONALMENTE exequible