Sentencia de Revisión de Tutela T-696 de 2010
¿La autoridad judicial accionada vulneró el derecho al debido proceso de INVIAS, al incurrir en un defecto orgánico en razón a que las controversias derivadas de la ocupación permanente de bienes de dominio privado para la ejecución de trabajos públicos por parte de entidades estatales, sin que haya mediado negociación directa o proceso de expropiación, se ventilen ante la Jurisdicción Civil por vía de la acción reivindicatoria o reivindicatoria agraria, si se tiene en cuenta la competencia que el ordenamiento legal asignó a la Jurisdicción Contencioso Administrativa, mediante la acción de reparación directa, para reconocer los perjuicios derivados de la ocupación permanente de inmuebles por causa de trabajos públicos, teniendo en cuenta que resulta imposible restituir al titular del derecho de dominio la posesión material de los bienes ocupados en razón a que éstos quedan afectados al uso público, al interés público o al servicio público? Defecto fáctico en los procesos reivindicatorios agrarios. Posesión que INVIAS ejerce sobre los bienes objeto de reivindicación. Normatividad aplicable en caso de ocupación permanente de predios de propiedad privada para el desarrollo de trabajos públicos - [Resumen automatizado: Comprueba la Sala que mediante esta estrategia se trató de burlar el término de caducidad de dos años previsto por el ordenamiento legal para efectos de activar la acción de reparación directa como vía de indemnización por parte del Estado, aspecto que se encuentra reprochable más aun cuando ni las partes demandantes ni los jueces efectuaron esfuerzo alguno por determinar con exactitud la fecha en que se produjo la alegada ocupación en aras de eludir además, cualquier prescripción de la acción civil en caso de ser procedente.] - [Palabras claves: ocupación, acción, civil, derecho, sentencia, tutela, sala, hecho, instancia, corte, demanda, competencia, propiedad, procesos, circuito]