Providencia del Consejo de Estado, Sección Quinta, expediente 08001-23-31-000-2006-01403-01(ACU) de 2007
La acción de cumplimiento, tiene por finalidad hacer efectivo el derecho del que goza toda persona, natural o jurídica, pública o privada, en cuanto titular de intereses jurídicos, de exigir tanto a las autoridades públicas como a los particulares que ejerzan funciones de esta índole, el cumplimiento de una norma con fuerza material de ley o de un acto administrativo que ha impuesto ciertos deberes u obligaciones a una autoridad que se muestra renuente a cumplirlos, a fin de hacer efectiva la observancia del ordenamiento jurídico. Acción de cumplimiento - Naturaleza. Requisitos. Entidades públicas - Supresión. Traslado de empleados por supresión