Providencia del Consejo de Estado, Sección Cuarta, expediente 25000-23-37-000-2015-00320-01(22676) de 2018
Alcance de la legitimación en la causa por activa de las aseguradoras para demandar los actos sancionatorios por devolución improcedente. La legitimación es la posibilidad de que la persona formule o contradiga las pretensiones de la demanda, por ser el sujeto activo o pasivo con interés en la relación jurídica sustancial debatida en el proceso. Cuando los actos del proceso sancionatorio son objeto de demanda y la devolución fue solicitada con garantía a favor del Estado, es procedente aceptar que el garante interponga directamente la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra los actos sancionatorios. En este entendido, tiene legitimación para demandar por tener relación directa con el asunto objeto de debate y aunque no es un requisito procesal, si constituye un presupuesto de la pretensión que se invoca para ser parte e intervenir en el proceso. Las aseguradoras tienen legitimación en la causa para demandar los actos que imponen al contribuyente sanción por devolución improcedente, pues expiden las correspondientes pólizas que se anexan a la solicitud de devolución como garantía a favor de la Nación. La póliza garantiza el eventual reintegro al fisco de las sumas cuya devolución no sea procedente
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