Sentencia de Revisión de Tutela T-1293 de 2005
¿Se vulnera el derecho al debido proceso de una entidad territorial en el momento en que el juez de instancia aprueba la transacción de carácter laboral entre un docente y el alcalde del municipio, cuando el sentenciador carece de competencia para conocer del proceso? Defecto orgánico en sentencia judicial por carencia de competencia de la autoridad que conoce el caso. La calificación de la naturaleza jurídica del vínculo laboral que une a un funcionario con la administración no puede ser establecida por la voluntad de las partes o por el acto a través del cual se llevó a cabo la vinculación, sino por las normas legales. La controversia planteada le correspondía dirimirla a la jurisdicción contencioso administrativa. Nulidad de todo lo actuado. Concedida - [Resumen automatizado: El Municipio de San Pelayo Córdoba, a través de apoderado especial, instauró acción de tutela contra el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Cereté, en busca de la protección del derecho fundamental al debido proceso, el que considera vulnerado por la autoridad judicial accionada al incurrir en una vía de hecho con la decisión del 12 de diciembre de 2003, mediante la cual aprobó la transacción realizada entre las partes respecto del juicio ordinario laboral que promovió el señor Eduardo Enrique López Villalba contra dicho Municipio, dando por terminado dicho proceso. || La doctora Yolanda D´Paola De Ferrer, Juez Segundo Civil del Circuito de Cereté, en ejercicio del derecho de defensa, manifiesta que no se incurrió en vía de hecho alguna, pues “efectivamente se adelantó ante éste despacho un proceso ordinario laboral promovido por el señor Eduardo Enrique López Villalba contra el Municipio de San Pelayo, con número de identificación 23-31-03-02-2003-02-01-95, el cual fue admitido mediante auto de fecha mayo 28/03 y notificado el demandado ciertamente contestó demanda oponiéndose a las pretensiones de ésta”.] - [Palabras claves: proceso, acción, civil, transacción, san, tutela, laboral, contrato, juzgado, demanda, circuito, servicios, sala]