Sentencia de Revisión de Tutela T-690 de 2007
¿Existe violación o no de los derechos fundamentales del actor por parte de la Cámara de Comercio que contestó en forma diversa los puntos sobre los cuales versaba un derechos de petición? Negada. Posible existencia de otro medio de defensa judicial. Naturaleza jurídica de las Cámaras de Comercio. Concepto de descentralización por colaboración. Reglas para determinar la eventual reserva que pudiera existir sobre los documentos de las cámaras de comercio. Los derechos de las veedurías ciudadanas en cuanto mecanismos de control social de la gestión pública. - [Resumen automatizado: De otra parte, la entidad accionada aduce que para el caso planteado existe otro medio de defensa judicial, concretamente el previsto en el artículo 21 de la Ley 57 de 1985, a partir del cual el peticionario puede solicitar al tribunal contencioso administrativo competente que resuelva de manera definitiva sobre la reserva alegada por la persona a quien se solicitan las copias o los documentos, situación que claramente determina la improcedencia de la acción de tutela impetrada. || Despejado el anterior interrogante, para decidir sobre el caso planteado la Corte deberá abordar y estudiar, en este mismo orden, los siguientes asuntos: i) la naturaleza jurídica de las cámaras de comercio, y junto con ella, el concepto de descentralización por colaboración; ii) la eventual reserva que pudiera existir sobre algunos de los documentos cuya copia solicita el accionante; iii) la regulación existente en torno a las veedurías ciudadanas y la determinación de la calidad en que obra el demandante; iv) el alcance del derecho fundamental de petición, en relación con las circunstancias propias del caso concreto.] - [Palabras claves: petición, derecho, documentos, entidad, carácter, cámaras, comercio, cámara, corte, manera, funciones, acción, tutela, peticionario]