Sentencia de Revisión de Tutela T-249 de 2009
¿La presente acción de tutela es procedente para controvertir la decisión judicial del Consejo de Estado? ¿La misma se encuentra viciada por un defecto fáctico al no haberse apreciado las pruebas con las que se dio solución a la acción de nulidad y restablecimiento del derecho ejercida en contra de una EPS? Rechazada por improcedente. Procedencia excepcional de la tutela contra decisiones judiciales. Defecto fáctico como causal de procedibilidad especial de la acción de tutela contra providencias judiciales. - [Resumen automatizado: Los antecedentes del caso en estudio se presentarán en cuatro numerales a saber: en primer lugar la exposición de los hechos que dieron origen a la controversia administrativa; acto seguido se estudiarán los fallos proferidos por la jurisdicción de lo contencioso administrativo en los que se conoció de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada por la actora; después se expondrán los argumentos que por vía de tutela se pretenden hacer valer, y, finalmente, se resumirán los argumentos de la Sección Segunda del Consejo de Estado como entidad demandada en la presente acción. || Corresponde a esta Sala determinar si la presente acción de tutela es procedente para controvertir la decisión judicial de la Sección Segunda del Consejo de Estado del 26 de abril de 2007 y si es positiva la respuesta, debe analizar si como lo afirma la accionante, la misma se encuentra viciada por un defecto fáctico al no haberse apreciado las pruebas con las que se dio solución a la acción de nulidad y restablecimiento del derecho incoada en contra de la EPS CONVIDA.] - [Palabras claves: tutela, acción, proceso, consejo, sentencia, hecho, sala, pruebas, juez, gerente, derechos, corte, banco]