Providencia del Consejo de Estado, Sección Quinta, expediente 11001-03-24-000-2019-00319-00_20200227 de 2020
Se negaron las pretensiones de una demanda en contra del Decreto 1163 de 2019, que buscaba se declarara ilegal el procedimiento que utilizó el presidente Iván Duque para integrar la terna de candidatos a fiscal general de la Nación. Esta decisión del Gobierno, expresada en un decreto derogatorio, dejó sin vigencia la invitación pública a participar en el proceso y demás etapas previas al procedimiento utilizado para la conformación de la terna de la que fue elegido como jefe del ente investigador Néstor Humberto Martínez. Se negaron las pretensiones y se aclaró que tanto las directrices fijadas en torno a la pasada elección de fiscal general, como su derogatoria, hacen parte de la facultad discrecional del presidente frente a este proceso de elección. El decreto demandado apenas señala que no se pueden modificar mandatos de la Constitución sobre la elección del fiscal a través de la facultad reglamentaria, lo cual es cierto. El Consejo de Estado sí se refirió a la inaplicabilidad de la norma constitucional que los medios denominan como la 'prohibición de la puerta giratoria' frente a la elección del Defensor del Pueblo, por existir otra de origen constitucional que la rige. A juicio de la alta corte, el decreto también parafrasea esta conclusión