Providencia del Consejo de Estado, Sección Primera, expediente 11001-03-24-000-2003-00329-02 de 2007
Si con razón o no se reclaman perjuicios contra un acto de carácter general emanado de una autoridad nacional, el punto deberá ser resuelto en única instancia, por el Consejo de Estado, máxima autoridad de lo contencioso administrativo, atendiendo el carácter subjetivo insito en la regla de competencia. Demanda de nulidad contra el Decreto 1606 de 2003 que suprime la Empresa de Telecomunicaciones de Tuluá S.A. ESP y se ordena su disolución y liquidación. Conflicto de competencia entre autoridades administrativas. Consejo de Estado - Competencia. Acción de nulidad y restablecimiento del derecho. Empresas de telecomunicaciones - Supresión, disolución y liquidación
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