Sentencia de Control de Constitucionalidad C-43 de 2004
Condena en costas. Demanda de inconstitucionalidad contra el Artículo 171 (parcial) del Código Contencioso Administrativo, modificado por el Artículo 55 de la Ley 446 de 1998 - [Resumen automatizado: Para resolver el problema jurídico que plantea la demanda, el Ministerio público estima que es necesario precisar “que la responsabilidad patrimonial o civil del Estado es objetiva y diferente al derecho de accionar mediante el cual se busca el resarcimiento del daño causado con la actividad administrativa de la persona moral.” Agrega que “el origen y la naturaleza de la condena en costas en materia contencioso administrativa tal y como ha sido objeto de demanda es diferente al motivo y naturaleza que impele al perjudicado a ejercer su derecho de acceder a la administración de justicia, esto es el daño antijurídico, ya que tal condena es de tipo subjetivo puesto que depende de la actuación de las partes dentro del proceso y no tiene ningún nexo causal con el daño cuya reparación persigue; y porque es potestativa su imposición por el juez, independientemente de la condena que al Estado se le haya impuesto por sus actuaciones administrativas” || 2. Como se relató en el acápite de Antecedentes, el demandante aduce que el artículo 90 de la Constitución consagra la responsabilidad objetiva del Estado por todos los daños antijurídicos que cause, norma que a su parecer resulta desconocida por el artículo 171 del Código Contencioso Administrativo (en adelante C.C.A), pues esta disposición condiciona la condena en costas al Estado al resultado de una evaluación discrecional que el juez administrativo puede hacer de la conducta de las partes involucradas en el proceso.] - [Palabras claves: condena, derecho, proceso, norma, parte, responsabilidad, daño, conducta, juez, debe, partes]